Aclaraciones importantes sobre las LLC

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Fundador
Buenas, esto va principalmente para Lucía pero si alguien tiene idea bienvenido es.

Después del taller y de investigar tengo varias dudas sobre las LLC empezando desde cero, es decir, sin un recorrido como autónomo ni una sociedad. Y el servicio a dar es copywriting.

Lo primero, para dar contexto, es que la estructura para funcionar de Pepe (según he entendido) es la siguiente:

1. Te das de alta como autónomo.

2. Abres una LLC A y una LLC B.

3. La LLC A factura a los clientes y guarda el dinero en una cuenta bancaria de EEUU.

4. Ahora tu quieres acceder a X dinero de esa cuenta aquí en España, y le haces una factura a la LLC B de X € por servicios de copywriting (por ejemplo).

5. La LLC B le hace una factura a la LLC A cobrando ese importe.

6. La LLC B recibe el dinero en otra cuenta bancaria de EEUU y lo envía a una cuenta sin IBAN español en Europa.

7. La cuenta sin IBAN español hace una transferencia a tu cuenta con IBAN español y ya puedes usar el dinero en España.

Vale.

Ahora mis preguntas son:

1. ¿La LLC A que factura a los clientes es quien firma el contrato cierto? (Supongo que con alguna firma electrónica se puede hacer) ¿Si es así yo no tendría que poner mi nombre como representante verdad?

2. La idea veo que es figurar como proveedor de la LLC B sin tener que ver con la LLC A, pero al hacer yo tanto la captación como la venta, negociación y el desarrollo del servicio, veo complicado que no llegue a Hacienda que hago más que sólo desarrollar el servicio. No se si disponen de los medios para saber que partes del negocio haces la verdad.

3. ¿Que conceptos debe tener la factura de la LLC A al cliente de España? Por ejemplo se que el IVA no se cobra en este caso ¿habría que poner algo más además de la cantidad del pago y las partes que participan?

4. ¿Que ventaja tiene el hacer el paso previo de pasar el dinero por una cuenta sin IBAN español antes de pasarlo a la de IBAN español? Según he entendido a final de año se envía un informe a Hacienda del saldo de la cuenta, ¿es sólo el saldo o también ingresos, retiros y transferencias?

5. ¿La cuenta sin IBAN español se abriría a nombre de la LLC B cierto? Pienso que esa es la idea, el que no esté a tu nombre.

6. El perfil bajo para Hacienda que menciona Pepe ¿sobre que cifra sería? Me refiero, ¿si como autónomo, en tu cuenta de IBAN español, hay beneficios de 100 mil al año (por poner un ejemplo) ya sales del perfil bajo?

7. También sobre el perfil bajo, ¿significa que salir en podcast y cosas del estilo puede ser peligroso? Mientras no des datos financieros Hacienda no tendría porque alarmarse ¿no? Lo único no podrías decir cosas como por ejemplo lo que dijo Isra de "Gano 1000€ al día", ¿no es así? Sería un golpe fuerte a la marca personal sino.
 
Buenas, esto va principalmente para Lucía pero si alguien tiene idea bienvenido es.

Después del taller y de investigar tengo varias dudas sobre las LLC empezando desde cero, es decir, sin un recorrido como autónomo ni una sociedad. Y el servicio a dar es copywriting.

Lo primero, para dar contexto, es que la estructura para funcionar de Pepe (según he entendido) es la siguiente:

1. Te das de alta como autónomo.

2. Abres una LLC A y una LLC B.

3. La LLC A factura a los clientes y guarda el dinero en una cuenta bancaria de EEUU.

4. Ahora tu quieres acceder a X dinero de esa cuenta aquí en España, y le haces una factura a la LLC B de X € por servicios de copywriting (por ejemplo).

5. La LLC B le hace una factura a la LLC A cobrando ese importe.

6. La LLC B recibe el dinero en otra cuenta bancaria de EEUU y lo envía a una cuenta sin IBAN español en Europa.

7. La cuenta sin IBAN español hace una transferencia a tu cuenta con IBAN español y ya puedes usar el dinero en España.

Vale.

Ahora mis preguntas son:

1. ¿La LLC A que factura a los clientes es quien firma el contrato cierto? (Supongo que con alguna firma electrónica se puede hacer) ¿Si es así yo no tendría que poner mi nombre como representante verdad?

2. La idea veo que es figurar como proveedor de la LLC B sin tener que ver con la LLC A, pero al hacer yo tanto la captación como la venta, negociación y el desarrollo del servicio, veo complicado que no llegue a Hacienda que hago más que sólo desarrollar el servicio. No se si disponen de los medios para saber que partes del negocio haces la verdad.

3. ¿Que conceptos debe tener la factura de la LLC A al cliente de España? Por ejemplo se que el IVA no se cobra en este caso ¿habría que poner algo más además de la cantidad del pago y las partes que participan?

4. ¿Que ventaja tiene el hacer el paso previo de pasar el dinero por una cuenta sin IBAN español antes de pasarlo a la de IBAN español? Según he entendido a final de año se envía un informe a Hacienda del saldo de la cuenta, ¿es sólo el saldo o también ingresos, retiros y transferencias?

5. ¿La cuenta sin IBAN español se abriría a nombre de la LLC B cierto? Pienso que esa es la idea, el que no esté a tu nombre.

6. El perfil bajo para Hacienda que menciona Pepe ¿sobre que cifra sería? Me refiero, ¿si como autónomo, en tu cuenta de IBAN español, hay beneficios de 100 mil al año (por poner un ejemplo) ya sales del perfil bajo?

7. También sobre el perfil bajo, ¿significa que salir en podcast y cosas del estilo puede ser peligroso? Mientras no des datos financieros Hacienda no tendría porque alarmarse ¿no? Lo único no podrías decir cosas como por ejemplo lo que dijo Isra de "Gano 1000€ al día", ¿no es así? Sería un golpe fuerte a la marca personal sino.
 
Buenas Eric,

Pepe al teclado.

Copio tus preguntas y debajo de cada una te pego mi respuesta.
1. ¿La LLC A que factura a los clientes es quien firma el contrato cierto? (Supongo que con alguna firma electrónica se puede hacer) ¿Si es así yo no tendría que poner mi nombre como representante verdad?
Cuando creas una LLC tienes que especificar quién es el miembro (o miembros) que la controlan. Vendrían a ser los socios. Si tú eres el único miembro tienes el control del 100% y serás la persona que se conoce como UBO (Ultimate Beneficial Owner, el Beneficiario Último de la LLC, vamos).

Ese UBO es el que solicita el EIN ante el IRS americano.

Ese UBO tendrá que pasar el KYC con la entidad financiera donde tu LLC abra cuenta.

Así que tu nombre si aparece, pero no en registros públicos.

Si el cliente al que se le prestan los servicios necesita un contrato con la empresa que le presta los servicios, éste contrato debería estar firmado por la persona que controla/gestiona la LLC, que no tiene por qué coincidir con el UBO, pero un nombre ha de aparecer. Ahora bien, tu cliente no te va pedir que demuestres que esa persona que firma tiene poderes para hacerlo, así que en la práctica no se suele poner el nombre de la persona que firma el contrato, sino simplemente el nombre de la LLC y luego un garabato.
2. La idea veo que es figurar como proveedor de la LLC B sin tener que ver con la LLC A, pero al hacer yo tanto la captación como la venta, negociación y el desarrollo del servicio, veo complicado que no llegue a Hacienda que hago más que sólo desarrollar el servicio. No se si disponen de los medios para saber que partes del negocio haces la verdad.

La manera que Hacienda puede tener conocimiento de la LLC es por dos vías:

1) Si tu cliente incluye tu factura entre sus gastos y Hacienda en una inspección le pide explicaciones a tu cliente acerca del servicio para valorar si procede incluir ese servicio como gasto o no. Tu cliente presentaría la factura de una LLC y para Hacienda sería muy poco productivo tirar del hilo para llegar a esa LLC, porque en principio la LLC no está obligada al pago de impuestos en España y Hacienda no se va a poner a investigar quién es el miembro que controla la LLC para saber si es residente fiscal español o no.
2) Mediante transferencias bancarias que lleguen desde la cuenta de la LLC a tu cuenta con IBAN ES. En ese caso le podrían preguntar al receptor de los fondos (tú) a qué se debe esa transferencia y que la justifiques (le has prestado algún servicio a dicha LLC?). Pero igualmente Hacienda no sabría que la LLC la controlas tú salvo que tú se lo digas, ya que no tiene manera de saberlo salvo que comiencen a inspeccionarte y se termine judicializando el tema y un juez americano decida desvelar el velo corporativo de esa LLC.
3. ¿Que conceptos debe tener la factura de la LLC A al cliente de España? Por ejemplo se que el IVA no se cobra en este caso ¿habría que poner algo más además de la cantidad del pago y las partes que participan?

¿Qué servicio prestas? Si te dedicas a dar masajes en persona a tus clientes y en la factura le pones "Masajes a domicilio", pues no tendrá mucho sentido que una LLC preste servicios de manera presencial en España.

Normalmente los servicios de consultoría son los que más se suelen utilizar en los conceptos de facturación, pero aquí como siempre digo se ha de utilizar el sentido común.
4. ¿Que ventaja tiene el hacer el paso previo de pasar el dinero por una cuenta sin IBAN español antes de pasarlo a la de IBAN español? Según he entendido a final de año se envía un informe a Hacienda del saldo de la cuenta, ¿es sólo el saldo o también ingresos, retiros y transferencias?

Todo lo que tenga IBAN ES es fácilmente monitorizable y accesible para Hacienda.

Si tú tienes una cuenta con un IBAN FR y desde esa cuenta te haces una tarjeta para gastar en tu día a día e incluso puedes utilizar tu cuenta con IBAN FR para hacer transferencias en euros a tus proveedores de servicio, pues no necesitas realmente mover el dinero desde el IBAN FR al IBAN ES.

Lo único que necesitarás tener en el IBAN ES es dinero para los recibos domiciliados o pago de impuestos, porque no puedes domiciliarlos en un IBAN FR (te pongo el ejemplo de IBAN FR pero te serviría prácticamente cualquier otro IBAN que no sea ES)
5. ¿La cuenta sin IBAN español se abriría a nombre de la LLC B cierto? Pienso que esa es la idea, el que no esté a tu nombre.

Puedes abrir a nombre de la LLC B o a nombre personal. Lo importante es que puedes gastar desde IBAN no ES como te decía en el anterior punto.
6. El perfil bajo para Hacienda que menciona Pepe ¿sobre que cifra sería? Me refiero, ¿si como autónomo, en tu cuenta de IBAN español, hay beneficios de 100 mil al año (por poner un ejemplo) ya sales del perfil bajo?

Con 100K de beneficios estás por encima del 99% de la población en ingresos. Estás en todo el centro de la diana del radar.

Perfil bajo es estar en la media, entre 20 y 40K al año. Ni demasiado poco, ni demasiado mucho.

7. También sobre el perfil bajo, ¿significa que salir en podcast y cosas del estilo puede ser peligroso? Mientras no des datos financieros Hacienda no tendría porque alarmarse ¿no? Lo único no podrías decir cosas como por ejemplo lo que dijo Isra de “Gano 1000€ al día”, ¿no es así? Sería un golpe fuerte a la marca personal sino.

Alimentar tu ego en redes sociales es lo opuesto a perfil bajo.

Apariciones en redes sociales, podcasts, etc ... te ponen nuevamente en la diana.

¿Incompatible con la marca personal? Yo diría que no, pero qué sé yo.

Gran día para ti y para todos.

Abrazo,
Pepe

 
Muchísimas gracias por tus respuestas Pepe.

Sólo me ha quedado una duda que es sobre el tema de los podcast. No me refiero a salir en podcast y redes a decir "Mira lo mucho que gano", me refiero a salir a mostrar a la gente la importancia del copywriting (sin mencionar lo que gano o dejo de ganar), y además captar gente en la newsletter claro.

He visto que tú mismo has salido en algún que otro podcast de esa manera, sin alardear de dinero, simplemente para hablar de Defi, y no has tenido ningún problema ¿cierto?

PD: Para los gastos del día a día, estoy investigando tener como cuenta sin IBAN español una cuenta en EEUU en vez de europea, hacen Visa y lo único sería una pequeña comisión en las compras al cambiar de dólares a euros, pero a cambio está fuera de la CRS. Parece una opción más interesante en cuanto a privacidad, aunque a nivel físcal es igual porque es dónde facturo a la LLC B como ingresos (y hay que declararlo para justificar que vivo).
 
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