Hola a todos,
Al hilo del seminario de hoy para la gestión de clientes, que por cierto, me ha dado un vuelta de tuerca la cabeza en el buen sentido, muy potente. Me surge una duda por si alguien me puede asesorar.
¿Es aconsejable un contrato entre partes? en el sentido mas estricto de la palabra. Como la comunicación suele ser vía mail o por videollamada, al margen de que en el presupuesto que firme el cliente.
Me refiero a servicios de copy en este caso. Se que has dicho que no vale para nada que les digamos que no usen nuestros textos hasta que no hayan abonado el 100% del trabajo, porque sería meternos en un hoyo legal.
Pero supongo que habrá clientes que también quieran su confidencialidad y condiciones, y no sé si es buena idea redactar un contrato desde el principio y no obviar conversaciones que se hayan dado por email.
Muchas gracias!!
Al hilo del seminario de hoy para la gestión de clientes, que por cierto, me ha dado un vuelta de tuerca la cabeza en el buen sentido, muy potente. Me surge una duda por si alguien me puede asesorar.
¿Es aconsejable un contrato entre partes? en el sentido mas estricto de la palabra. Como la comunicación suele ser vía mail o por videollamada, al margen de que en el presupuesto que firme el cliente.
Me refiero a servicios de copy en este caso. Se que has dicho que no vale para nada que les digamos que no usen nuestros textos hasta que no hayan abonado el 100% del trabajo, porque sería meternos en un hoyo legal.
Pero supongo que habrá clientes que también quieran su confidencialidad y condiciones, y no sé si es buena idea redactar un contrato desde el principio y no obviar conversaciones que se hayan dado por email.
Muchas gracias!!