PROFE CON LLC

ID_209

Fundador
Hola Lucía,

Acabo de ver el taller de Pepe Díaz y entiendo los conceptos.

Me surge una duda...

Yo actualmente soy profe de Primaria en el sistema educativo público, es decir, funcionaria.

Mi idea es ofrecer servicios copy y hacer las dos cosas a la vez durante un tiempo hasta que los servicios me permitan dejarme el sistema.

Mi pregunta es: ¿podría ya montar una LLC, facturar ahí mis servicios y seguir de profe funcionaria en España?

Sé que esto no es para resolver cuestiones concretas de cada uno pero no sé a quién preguntarle esto.

O si tienes el contacto de algún profesional que tú puedas recomendar para hacerle estas consultas...

Muchas gracias igualmente por tu tiempo.

Un abrazo,

Paula.

 
Hola Lucía,

Acabo de ver el taller de Pepe Díaz y entiendo los conceptos.

Me surge una duda...

Yo actualmente soy profe de Primaria en el sistema educativo público, es decir, funcionaria.

Mi idea es ofrecer servicios copy y hacer las dos cosas a la vez durante un tiempo hasta que los servicios me permitan dejarme el sistema.

Mi pregunta es: ¿podría ya montar una LLC, facturar ahí mis servicios y seguir de profe funcionaria en España?

Sé que esto no es para resolver cuestiones concretas de cada uno pero no sé a quién preguntarle esto.

O si tienes el contacto de algún profesional que tú puedas recomendar para hacerle estas consultas...

Muchas gracias igualmente por tu tiempo.

Un abrazo,

Paula.

 
Buenos días Paula!

Me uno a este hilo porque estoy en una situación igual o parecida a la tuya.

Soy empleado público y me interesa la idea de compaginar ambas cosas durante un tiempo hasta que pueda dejar mi actual trabajo.

Yo no me había planteado la posibilidad de la LLC, por desconocimiento de que fuera posible, pero si pregunté lo de ser autónomo y empleado publico a la vez, y mientras no haya incompatibilidades en tu sector, en una principio se puede hacer sin problema(mientras pagues impuestos a ellos les da igual, y en este caso vas a pagar doblemente)

Queda saber si con una LLC, se pueden hacer varias cosas y claro, con sumo cuidado de que no vinculen esa empresa que te paga por tus servicios con tu persona.

A ver que comenta Lucia...
 
Hola!,

A mi también me interesaría saber si pueden convivir bien los dos modelos: estar en blanco trabajando por cuenta ajena y en gris con una LLC un suponer.

Y otra cuestión que me surge, que quizás exceda el ámbito del programa pero por si podéis dar alguna pista: ¿se podría extrapolar el modelo que plantea Pepe con las LLCs al mundo inversiones, es decir, abrir una cuenta en un banco de USA para gestionar inversiones (no me refiero al mundo cripto que es otro cantar)?. ¿Podéis recomendar algún banco allí?.

Muchas gracias por abrirnos la mente a otras posibilidades.
 
Buenas noches Paula,

¿ Ya tienes la actividad avanzada? o ¿ Aún estás con la idea inicial? ¿ Cómo vas con los clientes?

Puedes montar tu LLC cuando quieras porque los costes son bajos y lo puedes hacer desde casa, pero ojo a cómo pretendes traer tu dinero de EEUU a España.

Tener presente el "GRIS" que ha comentado Pepe. No hacer las cosas bien puede traer problemas porque realmente, estás haciendo un trabajo desde España a clientes que entiendo que también son españoles y en EEUU sólo se estaría deslocalizando la empresa. Si Hacienda consigue tener datos, va a querer traer tu actividad a España.

Lucía Fdez. Meana
 
Buenas noches Jose,

Como bien comentas, en vuestro caso, tenéis que estar seguro la incompatibilidad con vuestras profesiones.

El aspecto clave es que si queréis traer el dinero a vuestra cuenta española, tendríais que tener una actividad por cuenta propia en España y estar prestando servicios a clientes en EEUU, que esos clientes seríais vosotros mismos pero que aprovechando la desinformación con EEUU, España no va a saber que sois vosotros mismos sino, y así para Hacienda pasará más desapercibido el dinero que quieras traer de otro país, porque sino, tendrás que explicar de dónde provienen los fondos que entran en tu cuenta bancaria.

Lucía Fdez. Meana
 
Buenas noches Ana,

Pueden convivir siempre que el dinero lo dejes en EEUU. Si pretendes traerlo es cuando pueden empezar los problemas porque Hacienda puede preguntar de dónde proviene el dinero que percibes en tu cuenta si en IRPF, en tu declaración de la renta declaras menos ingresos que los que te entran en la cuenta. Cuidado con esto! Hay que intentar armar bien la estructura porque se puede caer fácilmente.

Lucía Fdez. Meana
 
Buenas noches Ana,

Pueden convivir siempre que el dinero lo dejes en EEUU. Si pretendes traerlo es cuando pueden empezar los problemas porque Hacienda puede preguntar de dónde proviene el dinero que percibes en tu cuenta si en IRPF, en tu declaración de la renta declaras menos ingresos que los que te entran en la cuenta. Cuidado con esto! Hay que intentar armar bien la estructura porque se puede caer fácilmente.

Lucía Fdez. Meana
 
Gracias por las preguntas y respuestas en este hilo equipo.

Top Lucia.

Por lo que le he entendido a Pepe en el taller y tus repuestas de ahora Lucia el problema es cuando quieres traer el dinero de EEUU.

Creo que Pepe ha comentado para evitar eso seria hacer dos LLC una para facturar a tus clientes y la otra que te presta servicios a ti o algo así.

Siguiente paso cuenta con IBAN no español y mejor de EEUU que europea porque puedes tener problemas ya que si tiran del hilo Europa pasa información.

Mis preguntas son:

¿Haciendo las cosas así como llega el dinero a tu cuenta española para no tener problemas, porque claro si nunca puedes disfrutar del dinero en España sin estar pendiente de un hilo es una liada?

¿ A la hora de facturar a los clientes y estar exento de IVA te pueden poner pegas o llegar a delatarte? ¿ Ellos a la hora de declararlo como lo harían?

Muchísimas gracias por tu repuestas.

Un abrazo.
 
[quote quote=9000]Buenas noches Paula, ¿ Ya tienes la actividad avanzada? o ¿ Aún estás con la idea inicial? ¿ Cómo vas con los clientes? Puedes montar tu LLC cuando quieras porque los costes son bajos y lo puedes hacer desde casa, pero ojo a cómo pretendes traer tu dinero de EEUU a España. Tener presente el “GRIS” que ha comentado Pepe. No hacer las cosas bien puede traer problemas porque realmente, estás haciendo un trabajo desde España a clientes que entiendo que también son españoles y en EEUU sólo se estaría deslocalizando la empresa. Si Hacienda consigue tener datos, va a querer traer tu actividad a España. Lucía Fdez. Meana[/quote]

Hola Lucía,

Estoy con la idea súuper inicial, es decir, pensando en cómo montar todo esto a la vez.

Es el pez que se muerde la cola...

Quiero buscar clientes ya pero no puedo facturar y me frena. Tampoco me puedo hacer autónoma de momento porque tengo un cargo de secretaría dentro de mi centro educativo que no permite la compatibilidad con lo de autónomo.

Y ese es el tema.

Entonces al escuchar a Pepe me volvió la ilusión de poder regular esto.

Entiendo por lo que dices que en principio, sí es compatible que yo trabaje como docente en España a la vez que abro una LLC con el matiz de mover el dinero a España y esa es justo la duda que se me quedó pendiente al escuchar a Pepe.

¿Es posible facturar mediante la LLC a clientes españoles SIN que pase el dinero por España de ninguna de las maneras?

En ese caso que fuera posible, ¿Cómo podría hacer yo uso de ese dinero?

Muchas gracias Lucía por tiempo.

Este tema es bastante bah y me tiene dándole al coco a ver de qué manera hacerlo.😣

Un abrazo,

Paula.
 
Y una cosa Lucía....

Cuando tu facturas desde tu LLC en USA a tus clientes españoles.... Esas facturas no pueden ser investigadas por hacienda(desde la empresa de tu cliente)?

Hay alguna cantidad de dinero facturado por cliente que no se deba sobrepasar para no llamar la atención en Hacienda?

No sé si me he explicado bien...
 
Buenas noches Carlos,

La idea es que el dinero llegue a tu cuenta vía factura. Tu le facturas a una LLC que se entiende que va a ser tu cliente y tu le vas a prestar servicios. Esa LLC es tuya pero como España no recibe información de la titularidad de esas LLC no va a saber que hay operaciones vinculadas detrás y que en realidad esas LLC es una sociedad "pantalla", porque si la Administración llegase a obtener esa información entonces trataría de traerla a España para que tributes por los beneficios que obtiene la LLC en España.

Lo importante es la trazabilidad del dinero que entra en cuentas españolas que es por donde la Administración española puede llegar a ver indicios y querer meter el "dedo".

En cuanto al IVA si las dos partes son empresas ( el que emite la factura que esta claro que tiene que ser autónomo o empresa) y el que recibe la prestación del servicio también es empresa, al tratarse de una exportación de servicios, no se repercutiría IVA.

Lucía Fdez. Meana
 
Hola.

¿Es recomendable crear 2 LLC o basta con 1 para ser todo lo gris que insinúa Pepe?

Quiero decir,

La idea es crea una LLC "A" para que paguen ahí nuestros clientes, y una segunda LLC "B" para nosotros emitir facturas desde España. ¿No sería más fácil crear una única LLC y cuando se deposite en ella el pago de nuestros clientes, nosotros ir haciendo aportaciones a nuestro IBAN español en concepto de facturas?

Por cierto, tanto los españoles que paguen por los servicios ofrecidos por la LLC en EEUU, ¿tienen que pagar el IVA? ¿Tiene que venir reflejado?

Y por ende, cuando yo emita la factura para cobrar a mi LLC mis servicios, ¿mi factura ha de incluir IVA?

Dicho de otro modo: ¿cuándo se añade IVA y cuándo no?
 
Buenas tardes Paula,

Si es incompatible con tu trabajo es incompatible con ejercer cualquier actividad. La ventaja de la LLC es que no hay intercambio de información porque si la hubiera, tendrías que tributar por tus rentas mundiales en España, porque las LLC, "traen" todos los beneficios que obtienen al socio.

Puedes facturar a tus clientes desde la LLC y el dinero se quedaría en la cuenta de la LLC. Recordar que esto es ZONA GRIS, y  sinceramente la legalidad de esto se encuentra en una delgada línea, eso hay que tenerlo claro, que se corre ciertos riesgos si no se va con muchísimo cuidado. El problema en estas estructuras es en la forma de traer el dinero a España, que tendrá que ser vía factura a otra empresa en España porque si entra en tu cuenta, los Bancos pueden entregar la información a la AEAT  y pueden empezar los problemas.

También puedes empezar constituyendo una sociedad limitada en España y poner a un administrador de tu confianza y tú sólo tener las participaciones de manera que seas capitalista hasta que puedas trabajar en ella. Y si todo va bien, pensar en LLC o en estructuras para optimizar tus rendimientos.

Espero haberte ayudado.

Un saludo,

Lucía Fdez. Meana
 
Buenas tardes Nacho,

Si la AEAT le hace una comprobación limitada a tu cliente o una inspección, es raro que vayan a comprobar facturas de terceros, van más por si las facturas son deducibles o no... pero si empiezan a constituirse muchas LLC y empiezan a ver los agujeros... es posible y no tardan que sea una de las acciones a perseguir y comprobar. Los riesgos existen por eso es un GRIS y no un blanco.

Las empresas y autónomos están obligados a presentar un modelo en febrero que es el 347 , que se deben declarar todas las operaciones con terceros que superan los 3000 € al año. Este modelo es muy útil para la administración y detectar anomalías.

Un saludo,

Lucía Fdez. Meana
 
Buenas tardes Miguel,

Crear 2 LLC es para separar y que no se lleguen a vincular entre ellas y con la persona o empresa que está en España si una de ellas es detectada.

Si se factura entre empresas no hay que aplicar IVA español. Es una exportación de servicios y no devenga IVA. Sólo se aplicaría IVA si se factura a una persona física.

Un saludo,

Lucía Fdez. Meana
 
Hola, Lucia,

La posibilidad que me planteo es un poco distinta

Una LLC para dar servicios de formación en EEUU.

-Yo soy residente en España y soy autónoma.

-Los clientes de estos servicios estarían en EEUU.

-Los servicios los daría yo, desde España.

-los clientes pagarían en $ a la LLC.

¿Cómo sería el siguiente paso? Me lo imagino así:

-si quiero traer dinero, facturo servicios profesionales a mi LLC desde mi actividad de autónoma en España (el concepto no sería difícil: marketing, por ejemplo, o creación de cursos y materiales).

-no traigo dinero pero compro bitcoin (migajas de bitcoin).

Mis preguntas:

- si yo facturo a mi LLC y EEUU no da datos de titularidad, ¿necesito esa segunda LLC?

-si quiero comprar bitcoin, ¿lo compraría la LLC o podría comprarlo yo?

muchas gracias por adelantado y buen domingo!
 
Buenos días Ninoska,

Si tus clientes van a residir en EEUU está bien que constituyas tu LLC para prestar servicios allí. Si no vas a traer tu dinero a España puedes directamente invertirlo en cripto como persona física. Como no eres residente en EEUU, no te pedirán explicaciones allí ni que pagues impuestos por lo que las inversiones podrás realizarlas directamente tú pero ojo si utilizas plataformas como Binance o plataformas que den información a la Administración Española de tus inversiones ( de cripto sabe mucho más Pepe que yo).

Buen domingo!

Lu.
 
Buenos días Ninoska,

Si tus clientes van a residir en EEUU está bien que constituyas tu LLC para prestar servicios allí. Si no vas a traer tu dinero a España puedes directamente invertirlo en cripto como persona física. Como no eres residente en EEUU, no te pedirán explicaciones allí ni que pagues impuestos por lo que las inversiones podrás realizarlas directamente tú pero ojo si utilizas plataformas como Binance o plataformas que den información a la Administración Española de tus inversiones ( de cripto sabe mucho más Pepe que yo).

Buen domingo!

Lu.
 
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