¿TIENE SENTIDO UNA LLC PARA UNA ACTIVIDAD DE SERVICIOS?

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Fundador
Hola Lucía!

Tengo un runrun mental con la información de este apartado del foro y los apuntes del Taller de Pepe Díaz.

Me encanta la idea que se plantea en el taller de crear un par de LLCs: una para facturar a tus clientes y otra para facturar hacia ti y traer dinero a España.

Pero me surge una duda de si es aplicable a un negocio de servicios (que no sea 100% online). Te pongo en contexto brevemente:

Soy autónoma y proporciono servicios de consultoría para la evaluación de los niveles de contaminación electromagnética en espacios (viviendas, oficinas, ...). Mucho palabrejo que se resume en: sesión de mediciones, informe con resultados y propuesta de solución y, si el cliente lo ve correcto, implementación del sistema de protección. Por ahora el 90% de los servicios son presenciales y en territorio español.

Entonces, mi pregunta es, ¿es posible aplicar el modelo gris? ¿totalmente, o parcialmente?

GRACIAS!!

Un abrazo,
 
¿No sé si esto es válido?

1/puedes crear una LLC que te licencie la tecnología

2 /la LLC te genera gastos

3 /tú facturas a igual pero tienes más gastos

 
Hola Oriol,

Gracias por la idea.

El tema es que la tecnología que utilizo no la creo yo. La compro a un distribuidor en España (bueno, todavía no soy reseller, soy afiliado, así que ni eso, el cliente la compra y con mi código se lleva un descuento y yo una comisión...)

A ver si Lucía nos da un poco de luz.

GRACIAS de nuevo!

Un abrazo,
 
Buenas noches Isabel,

Antes de crear empresas en EEUU lo primero que recomiendo es analizar los ingresos y/o beneficios que obtienes con tu actividad.

Si tu trabajo es presencial en España, a clientes en España y tu resides en España, yo te recomiendo que estés como autónoma en España y liquides tus impuestos en España con normalidad. Si los tramos de IRPF en los que te manejas son muy elevados, lo que conseguirías con una LLC es imputarle gasto a tu actividad en España con la prestación de servicios ( por ejemplo algo de lo que haces que pudieras subcontratar o algún servicios como dice Oriol de redes sociales por ejemplo) pero no para facturar a tus clientes directamente. Podrías poner otra LLC y facturas a determinados clientes pero los grises ya empiezan a oscurecerse...Los beneficios que reportan las LLC van directamente al socio y su tributación y si eres contribuyente español, aquí tributarias por tus rentas mundiales las percibas donde las percibas. Si no te "pillan" no pasa nada pero si la Administración española por algún motivo se entera de que tienes estas figuras en EEUU, te hará pagar por todas las rentas obtenidas en España.

Lucía Fdez. Meana

 
Hola Lucía,

GRACIAS!

Estoy como autónoma y por ahora estoy en un tramo medio. Así que esto es por previsión de futuro.

Iremos trabajando la estrategia entonces para que el gris quede inaccesible.

GRACIAS!

Un abrazo,

 
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