IRPF: ¿Tú también le cobras la retención a tu cliente?

Psicologordo

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6 Ago 2025
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Hola gente,
No soy de los que escriben por el foro, aunque sí de los que leen mucho.
Pero hoy quiero plantearos esta duda a raíz de un pequeño percance que tuve hace poco con alguien que pertenece a este mismo foro (mantendré su anonimato).

Al grano.
  • Compro un pequeño servicio de 100€ de esta persona que pago por Stripe.
  • Como autónomo, le pido factura.
  • La factura que me envía NO descuenta la retención, sino que la añade tal que así:
    • BASE IMPONIBLE 94,34€
      IVA 21% 19,81€
      Retención 15% -14,15€
      TOTAL 100,00€
  • Extrañado, le pregunto si es un error o si lo hace así y me devuelve esos 14.15€ que estaría pagando de más.
  • Además le explico cómo hago yo cada vez que me piden factura a mi.
    • BASE IMPONIBLE 82,65€
      IVA 21% 17,36€
      Retención 15% -12,40€
      TOTAL 87,61€
    • Esa retención se la devuelvo al cliente (incluso por Stripe) y él la ingresa en hacienda a mi nombre. Así termina pagando el precio justo del servicio. Lo lógico.
  • Pues esta persona me dice que no, que en España se hace así (dando por hecho que debo pagar 114,15€ en vez de los 100€).
  • Le transmito mi sorpresa e incomodidad con la situación.
  • Procede a hacerme la devolución del total y a expulsarme de su newsletter.

Como es de suponer, o eso creo, el problema no son 14 puñeteros euros. El problema, para mi, es mucho más profundo.

Como llevo un tiempo dándole vueltas al tema y he revisado toda la legalidad al respecto (pesado soy con estas cosas) sin encontrar en qué parte puedo estar equivocado, he querido comentarlo por aquí para leer opiniones al respecto.

Lógicamente, a sabiendas también de que esta persona está por aquí.
Por si quiere dar una "versión alternativa".

Saludos,
 
Yo creo que tienes un error de concepto. No acabas pagando 114,15€.
Tú eres el obligado a liquidar la retención, si eres autónomo, con la AEAT.
Si fueses un particular, pagarías 100€ por el servicio. Para ti no hay factura ni historias y, si la hay, no lleva retención y él será el que ingrese en AEAT, a través del 130 o en su declaración de la renta, la parte proporcional de los ingresos.
Peeero, tú has pedido factura como autónomo, con lo que él tiene que aplicarte esa retención. Sin embargo, estás contando los 14,15€ que tú tendrás que liquidar en el 111 de la AEAT, pero no estás descontando el IVA que te puedes deducir por 19.18€, que para ti será menor cuota o, si no tienes ingresos, te los devolverían.
Con lo que estás pagando (es decir, sale de tu bolsillo, no hablo de gasto contable): 100€+14,15€-19,18€= 94.97€
Si ya además haces el análisis de que esa base imponible, es decir, los 94,34€ te los puedes deducir de tu IRPF a la cuota que tengas (ponle un 25% por ejemplo), te estarías quitando de "pagar" 23,59€ adicionales.

Con lo que no, no le estabas pagando de más, ni estabas pagando 114€
 
Gracias, compañero, pero me da que no soy yo el que tiene errores de concepto (y de cálculos, según veo).

Tienes razón en que me deduzco el IVA, pero eso no tiene nada que ver.
El IVA siempre me lo deduzco, sea cual sea el precio. El "beneficio" de la deducción del IVA es algo que tengo por mi condición de autónomo, no es un regalo del proveedor para justificar cobrarme de más como dices.

Ya está consensuado fiscal y legalmente con expertos y, en este caso, se comete un error legal y contractual grave sobre quién debe pagar la retención.

Si el servicio son 100€ (IVA incluido), ese es el tope que debe salir de mi bolsillo.
Y si pago 100 y luego ingreso (vía 111) 14,15€, Sí estoy pagando 114,15€

Al pedir factura con retención, el autónomo no puede simplemente "sumar" la retención al total. La retención se resta del pago, porque es un impuesto de él, no mío.
con lo que él tiene que aplicarte esa retención.
No, no me la tiene que aplicar a mi, sino a sí mismo.

En resumen, lo que estás diciendo es que "como eres autónomo y te desgravas cosas, no te quejes si pagas más ahora". Pero legalmente, la retención de IRPF es dinero del autónomo que yo "le guardo" para dárselo a Hacienda. Si le doy el 100% del dinero a él, le estoy regalando mi dinero para que él no vea reducido su ingreso neto.

Si el precio era 100€ IVA incluido, la factura debe emitirse de forma que la suma del Líquido a pagar + Retención sea igual a 100€. Todo lo demás es que el autónomo me estaría trasladando su carga fiscal a mi.
 
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